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Bajas de animales en el censo canino

Bajas de animales en el censo canino


Finalidad

Comunicar la baja de animales de compañía por muerte o desaparición, tanto para poder mantener actualizado el censo como para comunicar que ha sido encontrado.

Quien lo puede presentar

- Ser el propietario del animal censado.
- Estar inscrito en el Censo de los Animales de Compañía.

Plazos de presentación

Las bajas de los animales censados, ya sea por muerte, cambio de domicilio o cambio de propiedad, deberán comunicarse al servicio municipal donde se confecciona el censo de los animales de compañía en el plazo máximo de quince días. En caso de desaparición de animales censados, la comunicación deberá realizarse en un plazo máximo de 48 horas.

Presentación

Departamento SAC - Ayuntamiento de Oropesa del Mar

Órgano gestor

Urbanismo y Medio Ambiente

Plazo de resolución

Órgano que resuelve
ALCALDIA
Plazo resolución
30 día/s

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

Plazo del recurso
0 día/s

Normativa básica

- Decreto 158/1996, de 13 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se desarrolla la Ley de la Generalitat Valenciana 4/1994, de 8 de julio, de Protección de los Animales de Compañía.
- Ordenanza municipal sobre la tenencia y protección de animales de compañía y de los animales en general.

Información Adicional

Las bajas de los animales censados, ya sea por muerte, cambio de domicilio o cambio de propiedad, deberán comunicarse al servicio municipal donde se confecciona el censo de animales de compañía en el plazo máximo de quince días. En caso de desaparición de animales censados, la comunicación deberá realizarse en un plazo máximo de 48 horas.

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Para todos los casos
Certificado de defuncion emitido por el veterinario.