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Licencia de OBRA MAYOR

Licencia de OBRA MAYOR


Finalidad

Obras de nueva planta, de ampliación de toda clase de construcciones, obras de modificación o reforma que afecten a la estructura o al aspecto exterior e interior de las construcciones, demolición de las construcciones, modificación del uso de las construcciones, actos de intervención sobre edificios o elementos protegidos o catalogados, etc.

Quien lo puede presentar

Personas físicas o jurídicas.

Plazos de presentación

No esta sujeta a plazo.

Presentación

Departamento del SAC- Ayuntamiento de Oropesa del Mar.

Órgano gestor

Urbanismo y Medio Ambiente

Plazo de resolución

Órgano que resuelve
JUNTA GOBIERNO LOCAL
Plazo resolución
60 día/s

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

Plazo del recurso
0 día/s

Normativa básica

- Ley 39/15, de 1 de octubre del procedimento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.(LOTUP).
- Plan General de Ordenación Urbana de Oropesa del Mar.

Pago de tasas

Tasa para la realización de la actividad administrativa de otorgamiento de licencias urbanísticas.

Se debe cumplimentar el formulario y realizar el pago de la tasa.

PINCHAR AQUÍ PARA LIQUIDAR:

https://sede.oropesadelmar.es/sta/CarpetaPrivate/Login?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=GTLIQS&TIPOINGRESO=WLUV

Para la tramitación del expte. de licencia urbanística, deberá liquidar la TASA y aportar justificante de pago.


 

Información Adicional

NOTA: Toda documentación reflejada, lo es sin perjuicio de que del trámite administrativo resulte necesaria la aportación de otros documentos.

Resolución y silencio administrativo:

A efectos del cómputo de plazos sólo se entenderá debidamente iniciado el procedimiento cuando tenga lugar la presentación de la petición en los términos establecidos legalmente, y además esté acompañada de todos los documentos que sean necesarios, según el objeto de la obra a realizar (art. 486.2 del R.O.G.T.U.).

Resolución: En un plazo máximo de 60 dias, desde la presentación de la solicitud en el registro del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, salvo interrupción del plazo de resolución. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa supondrá la concesión de la licencia por silencio administrativo.

Excepción al silencio administrativo positivo: no se pueden adquirir facultades en contra de las leyes, planos, proyectos, programas, ordenanzas y de las previsiones de la ordenación urbanística (art. 196 L.U.V.).

Recursos:

a) Recurso de reposición con carácter potestativo. Plazo: UN MES a contar desde el día siguiente a aquél en que reciba esta notificación. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente se entenderá que el plazo expira el ultimo día del mes. Órgano ante el que se interpone: ante el mismo que ha dictado el acto administrativo.

b) Recurso Contencioso-Administrativo directamente: Plazo: DOS MESES contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Órgano: ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Castellón, salvo lo dispuesto en el art. 14.1 de la Ley 29/98, de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Periodo de validez de la licencia: El plazo estipulado en la licencia para iniciar / ejecutar / interrumpir las obras.
Se pueden conceder prórrogas por una sóla vez y por nuevo plazo no superior al inicialmente acordado. 
 

Documentación relacionada

- Solicitud de Licencia de Obras : Solicitud de Licencia de Obras: - Deberá estar firmada por el promotor, Arquitecto Director y Arquitecto Técnico.  - Se debe especificar: uso o destino previsto para el inmueble y emplazamiento de la obra.         

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Para todos los casos
Ficha urbanística.
Ficha urbanística: Ficha urbanística suscrita por el técnico autor del proyecto: Deberá estar visada por el colegio oficial correspondiente.
Justificante del pago de la tasa municipal.
Fotocopia del DNI, NIF o CIF del solicitante.
Un ejemplar del proyecto básico.
Un ejemplar del proyecto básico: Deberá estar visado por el colegio oficial correspondiente.
Solicitud de Licencia de Obras.
Solicitud de Licencia de Obras: - Deberá estar firmada por el promotor, Arquitecto Director y Arquitecto Técnico.  - Se debe especificar: uso o destino previsto para el inmueble y emplazamiento de la obra.
Cuestionario de estadística de edificación.
Cuestionario de estadística de edificación: Cuestionario de estadística de la edificación y vivienda : Deberá estar firmado por el técnico autor del proyecto y por el promotor.
Si el solicitante es una persona jurídica.
Escritura constitutiva o documento análogo.
Si se solicita en nombre de otra persona física o jurídica.
Documento acreditativo de la representación.
Si la licencia es para la construcción o la habilitación de construcciones destinadas a cualquier actividad y la obra y la actividad se solicitan en el mismo momento (GARAJES).
Solicitud de la actividad correspondiente.
Solicitud de la actividad correspondiente: Solicitud de la actividad correspondiente para la tramitación conjunta.
Si presentan tambien proyecto de ejecución o si la licencia de obras ya ha sido aprobada.
Proyecto de ejecución de obras VISADO
Proyecto de ejecución de obras VISADO: Tiene que estar visado por el colegio oficial.
Estudio de Gestión de resíduos.
Depositar la garantía o aval requerido
Depositar la garantía o aval requerido: Si se requiere en la licencia de obras.
Si la licencia es para la construcción o la habilitación de construcciones destinadas a cualquier actividad y la actividad ya se ha solicitado.
Copia de la solicitud de la licencia de instalación.
Copia de la solicitud de la licencia de instalación: Copia de la solicitud de la licencia de instalación de dicha actividad.