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Solicitud de bonificación del 75 por 100 en el Ibiu por familia numerosa

Solicitud de bonificación del 75 por 100 en el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana por ostentar la condicion de familia numerosa


Finalidad

Se establece una bonificación del 75% en la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, y surtirá efecto en el ejercicio en que se solicite siempre que se cumplan los requisitos señalados.

Quien lo puede presentar

- Figurar inscrito en el padrón de habitantes todos los miembros de la unidad familiar en el bien inmueble objeto de la bonificación.
- La solicitud para tener derecho a esta bonificación deberá presentarse antes del 1 de junio. Será renovable siempre que se mantengan los requisitos exigidos.
- Que la unidad familiar no obtenga rentas de cualquier naturaleza superiores al importe obtenido de multiplicar el importe del salario mínimo interprofesional vigente en el momento del devengo por el número de miembros que integran la citada unidad.
- En el caso de que cualquiera de los miembros de la unidad familiar ostente la condición de minuválido o la declaración de incapacidad absoluta para el trabajo, se computará respecto al mismo, a efectos de determinación del límite de rentas, el doble del salario mínimo interprofesional.

Plazos de presentación

Antes del 1 de junio.

Presentación

Departamento del SAC- Ayuntamiento de Oropesa del Mar.

Órgano gestor

Gestión Tributaria

Plazo de resolución

Órgano que resuelve:
ALCALDIA

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Tipo de recurso:
Reposición
Plazo del recurso:
1 mes

Normativa básica

- Art. 74.4 del RDLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Art. 6.3 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Ordenanza Fiscal General reguladora de la Gestión, Liquidación y Recaudación de los Tributos y otros ingresos de Derecho Público Local.

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Para todos los casos:
Mandato o documento de autorización del cliente a la gestoría
En caso de primera solicitud:
Certificado de convivencia.
Datos relativos a la renta de la unidad familiar.
Último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles cuya bonificación se solicita.
Título de familia numerosa vigente a la fecha del devengo del impuesto.
En caso de renovación:
Certificado de convivencia.
Datos relativos a la renta de la unidad familiar.
Título de familia numerosa en caso de renovación del título.